Federación Estatal de Foros por la Memoria, 24 de Enero de 2012 - 24 Enero 2012
Madrid. – El 24 de enero comienza el juicio en el Tribunal Supremo
contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, actualmente
suspendido, por su investigación de los crímenes cometidos durante la
guerra civil y el franquismo. La Federación Estatal de Foros por la
Memoria se remite a su Comunicado del 18 abril de 2010 (1), considerando
que, en líneas generales, los argumentos expresados en el mismo siguen
siendo vigentes.
El procedimiento abierto contra Garzón muestra la plena vigencia del
sistema español de impunidad, y de manera explícita, la indefensión
legal del colectivo de víctimas del franquismo, constituido por docenas
de miles de personas. El resultado del Auto dictado en 2008 por Garzón,
ha dejado meridianamente claro que ningún órgano judicial es en estos
momentos competente sobre este tipo de delitos, que como el caso de las
miles de desapariciones forzadas en inhumaciones clandestinas o el robo
organizado de niños, son crímenes contra la humanidad y por tanto
imprescriptibles.
La Federación Estatal de Foros por la Memoria ha venido condenando
insistentemente el olvido al que el Estado español relega a las víctimas
del franquismo, y ha exigido el reconocimiento jurídico de las mismas,
así como que se establezca de manera inequívoca cuál es el órgano
judicial competente para investigar y juzgar los crímenes del
franquismo.
El procedimiento abierto contra el juez Garzón tiene un claro fin
ejemplarizante y coactivo contra cualquier juez o magistrado que
pretenda abrir una causa sobre los crímenes del franquismo.
Independientemente del resultado la sentencia final, el objetivo ya se
ha conseguido. La Federación ha denunciado: “la causa que abrió el
juez Garzón, y que podría abrir cualquier otro juez territorial,
rompería el ‘pacto de silencio, olvido y ocultación’ que se cerró
durante la Transición por los partidos políticos y dejaría al
descubierto la dudosa legitimidad de diversas instituciones del Estado.”
Como explicábamos en el Comunicado de abril de 2010, a Garzón se le
juzga por la presunta vulneración de la Ley de Amnistía de 1977 y la Ley
de Memoria de 2007. En ambas se sustenta el modelo español de
impunidad. Por tanto, criticar el proceso abierto al Juez Garzón sin
cuestionar las leyes de Amnistía y de Memoria, es pretender curar los
síntomas de una enfermedad sin atacar las causas ni los orígenes de la
misma.
Hemos recordado que el auto de procesamiento utiliza la Ley de
Amnistía de 1977 como argumento para justificar la imposibilidad de
investigar los crímenes del franquismo. Sin embargo, las leyes de
impunidad son nulas de acuerdo con el Derecho Internacional y, a mayor
abundamiento, España ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos varios meses antes de la aprobación de dicha ley, lo que
nos lleva a sostener la nulidad de la Ley de Amnistía porque impide que
las víctimas puedan utilizar un “recurso efectivo” para procesar a los
delincuentes y obtener la justa reparación. En el mismo sentido, se
pronuncian el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos
Humanos y de las Libertades Fundamentales, la Convención contra la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la
Convención Internacional para la protección de todas las personas contra
las desapariciones forzadas .
Además, no entendemos cómo se puede juzgar a Baltasar Garzón por una
presunta prevaricación, por no ser supuestamente competente para abrir
un proceso penal para perseguir los crímenes del franquismo, cuando el
Tribunal Supremo aún no ha definido quién es competente. Podría llegar a
darse la esperpéntica situación de que se condenase a Garzón y,
posteriormente, el Alto Tribunal declarase que sí era competente para
investigar los delitos cometidos por el franquismo.
Ha llegado el momento de solicitar abiertamente la nulidad de la Ley
de Amnistía (2) para que ningún juez o autoridad administrativa vuelva a
citarla como válida y eficaz. Asimismo es preciso derogar la Ley
llamada de la Memoria (que da legalidad a todos los actos jurídicos
represivos de la dictadura) con el fin de permitir la judicialización de
las reivindicaciones de las víctimas del franquismo, garantizando a las
mismas la efectividad de su derecho a la Verdad, la Justicia y la
Reparación.
La Federación Estatal de Foros por la Memoria no expresa ninguna
opinión sobre otros procedimientos abiertos al juez Garzón, por estimar
que no es su cometido manifestarse al respecto. La lucha por los
derechos de las víctimas del franquismo y del movimiento social por la
memoria democrática, viene de lejos y tiene un futuro previsiblemente de
largo recorrido; por tanto, entendemos que sería irresponsable
vincularlo incondicionalmente al resultado de un procedimiento judicial
concreto.
24 de Enero de 2012
(1) Comunicado de la Federación Estatal de Foros por la Memoria- 18
Abril 2010. En relación al proceso contra Baltasar Garzón, magistrado de
la Audiencia Nacional http://www.foroporlamemoria. info/2010/04/comunicado-de-la- federacion-estatal-de-foros- por-la-memoria-2/
(2) Puede consultarse el informe del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos en relación con las Amnistías en http://www.ohchr.org/ Documents/Publications/ Amnesties_sp.pdf

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